La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid ha publicado una convocatoria de ayudas a empresas para la producción de proyectos de música 2022 y como siempre, desde Carrillo y Fun&Money te ayudamos a tramitarlas.
Te explicamos los detalles a continuación.
Índice de contenidos
Toggle1.¿Hasta cuándo puede presentarse la solicitud?
Hasta el 29 de marzo de 2022.
2.Fecha de ejecución
Desde el 1 de octubre de 2021 al 14 de diciembre de 2022. El plazo máximo de justificación será hasta el 15 de diciembre de 2022.
3.¿Quién se puede beneficiar de estas ayudas a empresas para la producción de proyectos de música 2022?
Serán beneficiarios personas físicas y empresas del ámbito musical, que desarrollen su actividad en las siguientes modalidades:
- Producción y estreno de espectáculos musicales con música en directo: zarzuela, ópera.
- Grabación, edición discográfica y difusión por medios audiovisuales o por Internet.
- Producción y exhibición de ciclos, festivales o conciertos. Se entenderá por ciclo o festival la realización de eventos musicales de cualquier estilo en los que se programen al menos cuatro conciertos diferentes.
4.Requisitos
- Tener la condición de microempresa o pequeña empresa.
- El solicitante deberá tener el domicilio fiscal en la Comunidad de Madrid.
- El empresario autónomo y la empresa como entidad jurídica deberá tener, al menos, una antigüedad de dos años de actividad profesional, o su administrador o socio mayoritario, una trayectoria profesional suficientemente acreditada y continuada en los dos años anteriores a la fecha de la solicitud, o de manera discontinua en los cuatro últimos años. En las agrupaciones de interés económico, la trayectoria profesional deberá ser acreditada por la empresa que sea el productor-gestor. El empresario autónomo podrá acreditar su trayectoria profesional si tiene, al menos, dos años como profesional de los últimos cuatro.
- No podrán acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones de personas físicas o jurídicas que carezcan de personalidad jurídica propia, tales como las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado.
- No podrán ser beneficiarios quienes estuvieran incursos en alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
5.¿Qué documentación se debe aportar?
Las solicitudes para personas jurídicas, deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
- Formulario.
- Copia digitalizada de la escritura pública de constitución inscrita en el correspondiente registro.
- Certificado de la situación censal.
- Documentación del proyecto cultural y acreditación de la trayectoria del solicitante.
- Formulario del proyecto.
- Formulario del presupuesto.
- Declaraciones responsables.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:
- Certificado de Hacienda de la Comunidad de Madrid.
- DNI.
- NIF (Número de identificación fiscal).
- Certificado de Seguridad Social.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de Hacienda Estatal
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
6. Cuantía de estas ayudas a empresas para la producción de proyectos de música 2022
La presente convocatoria asciende a 325.000 euros, siendo la cuantía mínima individual de 4.000 euros y la máxima de 41.500.
Estas ayudas a empresas para la producción de proyectos de música 2022 tendrán como límite el importe de la subvención solicitada y no excederá del 75 por 100 del presupuesto presentado por el interesado en su solicitud.
*Se podrá solicitar información adicional
Carmen Lorenzo – Departamento de Comunicación de Carrillo Asesores
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